Socorristas
Compensación
para Trabajadores
en Wilson, Reives & Doran
Las leyes estatales y federales de compensación protegen a los bomberos, personal de primera respuesta y agentes del orden público. Estos profesionales enfrentan riesgos diarios que los empleados de otros sectores no enfrentan. Por lo tanto, existen numerosos beneficios exclusivos para proteger a estos empleados y a sus familias.
¿Qué es un socorrista?
El término “primer interviniente” se refiere a un bombero, agente del orden público, técnico médico de emergencia, paramédico u otras personas (incluidos los empleados de organizaciones voluntarias legalmente organizadas y reconocidas, ya sean compensadas o no) que responden a incendios, emergencias médicas, materiales peligrosos o cualquier otra emergencia similar.
Los casos de compensación laboral de los primeros intervinientes nunca son sencillos
Si usted es personal de primera respuesta, es recomendable tener un conocimiento general de los derechos de compensación laboral de los trabajadores de primera respuesta en caso de lesión o enfermedad.
Sin embargo, también es importante tener en cuenta que cualquier caso de compensación laboral nunca es sencillo. Conocer las leyes de compensación laboral para personal de primera respuesta requiere la orientación y la experiencia de un abogado experimentado y especializado para garantizar que sus derechos como empleado lesionado estén plenamente protegidos y se cumplan conforme a la ley.
¿Necesito contactar a un abogado si sufro una lesión o enfermedad como personal de primera respuesta?
Si sufre una lesión o enfermedad debido a su trabajo, contacte a su abogado de inmediato, ya que podría estar en juego una gran cantidad de dinero, servicios de salud y seguridad para usted y su familia. La documentación adecuada, la presentación oportuna de sus solicitudes de indemnización y el seguimiento legal son fundamentales para el éxito de su caso.
Hay numerosos beneficios estatales y federales disponibles para los socorristas
Como bombero, socorrista o agente del orden público, le conviene solicitar todos los beneficios federales y estatales a los que tiene derecho. Salvo el fondo para el cáncer, recibir un conjunto de beneficios no le impide recibir beneficios de otros programas.
Los estatutos que describen los beneficios para socorristas son extensos y están repletos de lenguaje legal. El proceso de solicitud puede ser tedioso. Wilson, Reives & Doran está aquí para ayudarle con un abogado experimentado para desarrollar una estrategia que le permita solicitar todos los beneficios que la ley le permite y garantizar que todas sus solicitudes se completen correctamente.
¿Cuánto cuesta una consulta?
No te costará nada ven a una consultaEn Wilson, Reives & Doran, PLLC, todas las consultas sobre compensación laboral y lesiones personales se brindan gratuitoNuestros abogados cuentan con experiencia legal profesional, lo que les permite representar a sus clientes con el más alto nivel de calidad. Reunirse con un abogado puede ayudarle a comprender sus derechos en un caso de lesiones personales/compensación laboral, así como la solidez de su caso.
Si busca los beneficios que merece, nuestros abogados pueden ayudarle. Estos beneficios pueden ayudarle a recuperarse de su lesión y a seguir adelante con su vida. Cada abogado especializado en compensación laboral y lesiones personales de Wilson, Reives & Doran está aquí para brindarle asesoría legal confiable y eficaz.
A continuación, describimos los aspectos más destacados de cada uno de los estatutos para su conocimiento general:
- Compensación de trabajadores de Carolina del Norte (Estatuto General de Carolina del Norte, Capítulo § 97-1. et. seg.)
- Ley de Beneficios por Muerte de Empleados de Seguridad Pública de Carolina del Norte (NC Gen. Stat §143-166 et seg.)
- Beneficios de la educación (Capítulo 115B de los Estatutos Generales de Carolina del Norte)
- Fondo contra el Cáncer de Bomberos de Carolina del Norte (NC Gen. Stat 58-87A-1 et seg.)
- Fondo de Pensiones e Invalidez de los Trabajadores de Bomberos y Rescate
- Sistema de Jubilación de Empleados Gubernamentales Locales (LGERS)
- Pensión estatal LGERS
- Programa de beneficios para agentes de seguridad pública federal (34 USC §10281)
- Prestación por discapacidad del Seguro Social Federal 143 (42 USC y 423)
Programa de beneficios para agentes de seguridad pública federal (34 USC §10281)
Este programa de beneficios es administrado por el Departamento de Justicia de los Estados Unidos y la Oficina de Asistencia Judicial. Los detalles incluyen:
- Abierto a todos los agentes del orden público, bomberos u otros socorristas cuya muerte o lesión catastrófica fue un resultado directo y próximo de una lesión sufrida en el cumplimiento del deber.
- Este beneficio es un beneficio por muerte único para los sobrevivientes elegibles (50 % para el cónyuge y 50 % dividido equitativamente entre los hijos menores).
- El monto del beneficio por muerte varía según el año; actualmente es $165,000+
- Beneficio por incapacidad permanente para un oficial de seguridad pública que sufre lesiones en el cumplimiento del deber que le impiden permanentemente realizar cualquier trabajo remunerado en el futuro
- Beneficios educativos para cónyuges e hijos elegibles
- Presunciones de muerte por ataque cardíaco, accidente cerebrovascular o ruptura vascular
- Formulario para este beneficio: https://bja.ojp.gov/program/psob/benefits
Pensión estatal LGERS
Este beneficio de pensión es administrado por la Oficina del Tesorero del Estado de Carolina del Norte. Los detalles de este beneficio incluyen:
- Un empleado miembro se vuelve elegible para LGERS en la fecha de contratación y adquiere derechos adquiridos al completar 5 años de servicio acreditable.
- Un miembro puede jubilarse con jubilación de servicio sin reducción en:
- Tener 65 años de edad y haber completado 5 años de servicio acreditable; o
- Tener 60 años de edad y haber completado 25 años de servicio acreditable; o
- Cualquier edad al completar 30 años de servicio acreditable
- Un empleado es elegible para beneficios de jubilación anticipada reducidos en
- Tener 50 años de edad y haber cumplido 20 años de servicio acreditable;
- Tener 60 años (55 años para bomberos y trabajadores de equipos de rescate) y 5 años de servicio acreditable
- Un agente de la ley puede jubilarse con beneficios de jubilación por servicio no reducidos en:
- Tener 55 años de edad y haber completado 5 años de servicio acreditable como agente del orden público; o
- 30 años de servicio acreditable a cualquier edad
- Un agente del orden público puede jubilarse con beneficios de jubilación anticipada en:
- Tener 50 años de edad y haber completado 15 años de servicio acreditable como agente del orden público; o
- A cualquier edad con 25 años de servicio acreditable, 15 de los cuales como agente del orden público.
- El formulario para este beneficio debe firmarse al menos un día y no más de 120 días antes de la fecha efectiva de jubilación. La fecha de jubilación puede ser el primer día de cualquier mes.
- Formulario para este beneficio: https://orbit.myncretirement.com/
Jubilación por discapacidad del Sistema de Jubilación de Empleados Gubernamentales Locales (LGERS)
Este beneficio es administrado por la Oficina del Tesorero del Estado de Carolina del Norte. Los detalles de este beneficio incluyen:
- Abierto a todos los participantes que tengan 5 años de servicio acreditable.
- Disponible para todos los agentes del orden público que queden discapacitados como resultado de una lesión en el cumplimiento del deber, independientemente del servicio acreditable.
- Pago mensual a los afiliados incapacitados permanente y completamente por el desempeño de su trabajo habitual
- La reclamación debe presentarse al menos un día pero no más de 120 días antes de la fecha de jubilación por discapacidad.
- El empleado debe renunciar a su empleo
- El solicitante aún no debe ser elegible para el beneficio de jubilación no reducido de LGERS
- El solicitante debe estar certificado por la Junta Médica Estatal como incapaz de realizar el trabajo y es probable que dicha incapacidad sea permanente.
- El solicitante puede recibir la jubilación por discapacidad LGERS y la compensación laboral al mismo tiempo sin compensar las otras
- Formularios de reclamación en línea a través del portal Orbit: https://orbit.myncretirement.com/
Fondo de Pensiones e Invalidez de los Trabajadores de Bomberos y Rescate
Los beneficios son administrados por la Oficina del Tesorero del Estado de Carolina del Norte. Los detalles de este beneficio incluyen:
- Abierto a todos los bomberos y trabajadores del equipo de rescate que adquieran beneficios por discapacidad adicionales
- El costo de este beneficio es de $10 al mes y el miembro debe pagar al sistema durante 20 años para recibir un beneficio mensual al jubilarse.
- Un bombero o miembro de un equipo de rescate puede solicitar la pensión mensual después de: 20 años de servicio acreditable como bombero o miembro de un equipo de rescate
- Alcanzando la edad de 55 años
- Un miembro puede cancelar su membresía en el fondo en cualquier momento y solicitar un reembolso de los pagos ya realizados.
- Un bombero o trabajador del escuadrón de rescate se vuelve elegible para la jubilación por discapacidad del fondo de pensiones después de 10 años de servicio acreditable si el miembro es certificado total y permanentemente discapacitado por la Junta Médica del fondo de pensiones y ya no puede realizar los deberes de un bombero o trabajador del escuadrón de rescate.
- Un miembro aún debe realizar la contribución de $10 por mes al fondo de pensiones para recibir una pensión mensual a los 55 años. Sin embargo, la contribución de $10 se exime si el bombero o trabajador del equipo de rescate sufre una discapacidad en el cumplimiento del deber.
- Este beneficio de supervivencia mensual actualmente es de $180 a partir del mes siguiente al mes en que el bombero hubiera cumplido 55 años, o el mes siguiente a la muerte si la edad es mayor de 55 años hasta que el beneficiario muera.
- El formulario en línea: https://orbit.myncretirement.com/
Fondo contra el cáncer de bomberos de Carolina del Norte (NC Gen. Stat 58-87A-1 et seg.)
Este financiamiento fue establecido por la Asamblea General de Carolina del Norte para el año fiscal 2021-2023 (del 1 de julio de 2021 al 30 de junio de 2023) y es administrado por VFIS, una compañía de seguros privada. Los detalles de este beneficio incluyen:
- Un bombero debe tener 5 años continuos de servicio en un departamento de bomberos de Carolina del Norte.
- El bombero debe recibir un diagnóstico de cáncer a partir del 1 de enero de 2022
- Cualquier diagnóstico de cáncer es elegible para beneficios.
- La reclamación debe presentarse antes del 30 de junio de 2023
- Se otorgará un pago único de $25,000 por diagnóstico de cáncer con un pago máximo de $50,000 a los empleados elegibles
- Reembolso médico de hasta $12,000 por diagnóstico de cáncer (previa presentación de recibos médicos)
- 75% del salario o $5,000 por mes, lo que sea menor hasta 36 meses (después de un período de espera de 6 meses)
- Los bomberos voluntarios recibirán $1500 por mes durante hasta 36 meses (después de un período de espera de 6 meses)
- El destinatario no puede estar recibiendo también beneficios de compensación laboral
- El formulario de reclamación en línea para solicitar este beneficio: https://www.vfisnc.com/ncffcancerbenefitclaims
Beneficios educativos (Estatutos generales de Carolina del Norte, capítulo 115B)
Los beneficios bajo este estatuto son administrados por la Comisión Industrial de Carolina del Norte y se adhieren a los siguientes criterios:
- Todos los cónyuges e hijos de un agente del orden público, bombero, bombero voluntario o trabajador del escuadrón de rescate que muera o que quede discapacitado permanentemente en el cumplimiento del deber son elegibles para este beneficio.
- Los beneficiarios elegibles reciben matrícula gratuita en cualquier institución de la UNC por hasta 54 meses, incluidas universidades o colegios comunitarios.
- Kids Chance de Carolina del Norte ofrece becas a hijos de trabajadores que sufren lesiones graves o fatales en el trabajo.
Ley de Beneficios por Muerte de Empleados de Seguridad Pública de Carolina del Norte (NC Gen. Stat. §143-166.1 et seg.)
Los beneficios bajo este estatuto son administrados por la Comisión Industrial de Carolina del Norte y se adhieren a los siguientes criterios:
- Los beneficios bajo este estatuto están disponibles para todos los agentes del orden público, bomberos, trabajadores de escuadrones de rescate y miembros de la Patrulla Aérea Civil que mueran en el cumplimiento del deber.
- Beneficio único por fallecimiento de $100,000 para los sobrevivientes elegibles
- Beneficios educativos para todos los sobrevivientes elegibles (ver a continuación)
- Existe una presunción de elegibilidad para los beneficios si un bombero muere después de contraer muchos tipos de cáncer, como mesotelioma, testicular, de intestino delgado, esofágico, oral y faringe, entre otros.
- Existe una presunción de elegibilidad para los beneficios si un socorrista muere de un ataque cardíaco que ocurre en servicio o dentro de las 24 horas posteriores a responder a una emergencia o participar en ejercicios de entrenamiento.
- El formulario en línea para solicitar estos beneficios: https://www.ic.nc.gov/forms/deathben_9.21.fill.pdf
Compensación para trabajadores de Carolina del Norte (Estatuto General de Carolina del Norte, Capítulo § 97-1. et seg.)
La Comisión Industrial de Carolina del Norte administra los beneficios bajo este estatuto y debe cumplir con los siguientes criterios:
- El empleado debe trabajar para un empleador con 3 o más empleados
- Debe demostrar que la lesión surgió a partir y durante el curso y alcance del trabajo de primera respuesta O demostrar que una enfermedad o dolencia es característica de una ocupación particular, excluyendo enfermedades comunes que la población general también adquiere.
- Plazo de prescripción de 2 años a partir de la fecha de la lesión, el diagnóstico de la enfermedad ocupacional o la fecha del último trabajo debido a una enfermedad, lo que ocurra más tarde.
- Los empleados que cumplen con los estándares pueden recibir hasta 500 semanas de ⅔ del salario semanal bruto si la enfermedad les impide trabajar en cualquier capacidad o si no se les ofrece trabajo liviano hasta un máximo semanal (actualmente $1,254.00/semana).
- Los bomberos voluntarios también son elegibles para recibir beneficios, pero los beneficios pueden ser a una tasa de 2/3 de sus ganancias regulares o 2/3 de la tasa máxima (actualmente $ 836.04).
- Hay un período de espera de 7 días, pero se le reembolsarán esos 7 días si está sin trabajo durante al menos 21 días.
- Todos los tratamientos médicos relacionados se pagan al 100% sin límite en los beneficios médicos.
- Se otorgan 500 semanas de beneficios por muerte a los dependientes sobrevivientes o parientes más cercanos
- Se otorgan hasta $10,000 en gastos funerarios
- Un empleado debe presentar Formulario 18 Aviso de accidente con NCIC dentro de 2 años
- Tenga en cuenta que la mayoría de los reclamos se rechazan inicialmente, por lo que generalmente es necesario un abogado para apelar.
- Continuación del salario para ciertos agentes del orden público estatales (NC Gen. Stat. §143-166.13-143-166.19)
- Los oficiales y el personal que están sujetos a la Ley de Normas y Capacitación en Justicia Penal, junto con los examinadores de licencias de conducir y los empleados de la División de Justicia Juvenil del Departamento de Seguridad Pública, pueden tener derecho a hasta 2 años de pago con su salario completo en comparación con los ⅔ mencionados anteriormente.
- El período de incapacidad (incapacidad para trabajar) como resultado de una lesión que paga beneficios de continuación del salario no afectar el tiempo de enfermedad acumulado u otras licencias acumuladas.
- Los beneficios de continuación salarial están sujetos a las lesiones resultantes de ciertas condiciones, como un episodio de violencia, resistencia o riesgos especiales que ocurran mientras el trabajador desempeña sus funciones oficiales.
- Si usted es un funcionario empleado por el estado, comuníquese con un abogado con experiencia para ver si califica para los beneficios de continuación salarial.
Accidentes eléctricos
Un cableado defectuoso, un equipo eléctrico que funciona mal o el uso inseguro de dispositivos eléctricos pueden provocar descargas eléctricas o quemaduras.
Accidentes de Automobil
Estos incluyen accidentes que ocurren mientras usted viaja entre lugares de trabajo o mientras realiza diligencias relacionadas con el trabajo, como visitar proveedores, hacer entregas, viajes al banco/oficina de correos, etc.
Violencia en el trabajo
Los incidentes que involucran altercados, enfrentamientos u otros comportamientos violentos en el lugar de trabajo pueden resultar en lesiones. Para ser indemnizables, las agresiones entre compañeros de trabajo deben ser inherentes al empleo. Las peleas por resultados de fútbol, por ejemplo, no son suficientes.
Quemaduras y cortes
Los accidentes que involucran líquidos calientes, equipos de cocina (si hay) u objetos afilados pueden causar quemaduras y cortes.
Lesiones relacionadas con la mala ergonomía
Estaciones de trabajo mal configuradas, sillas incómodas, monitores mal posicionados o configuraciones de teclado inadecuadas pueden provocar problemas físicos a largo plazo.
Fatiga visual y tensión del cuello
Mirar fijamente las pantallas de computadora durante períodos prolongados puede causar fatiga visual, visión borrosa, dolores de cabeza y dolor de cuello.
Tensión muscular
Levantar objetos pesados de forma inadecuada, mover muebles u otras tareas físicas pueden provocar distensiones musculares o lesiones de espalda.
Resbalones, tropiezos y caídas
Estos accidentes pueden ocurrir debido a pisos mojados, cables sueltos, espacios desordenados, alfombras irregulares o pasillos obstruidos.
Lesiones por esfuerzo repetitivo (RSI)
Afecciones como el síndrome del túnel carpiano, tendinitis y otras lesiones por movimientos repetitivos debido a tareas prolongadas y repetitivas como escribir, usar un mouse o una ergonomía deficiente.
Prestación por discapacidad del Seguro Social Federal 143 (42 USC y 423)
Esta prestación por discapacidad es administrada por la Administración del Seguro Social. Los detalles incluyen: